martes, 4 de marzo de 2014

DESMONTANDO LAS PREFERENTES o SEÑOR PRESIDENTE, NO SEA TAN CHULITO

Como ya habrán adivinado, esta entrada se refiere al episodio del programa SALVADOS del 15 de diciembre de 2013, dedicado a la estafa de las participaciones preferentes: DESMONTANDO LAS PREFERENTES



Nos ha parecido un programa magnífico y, antes de seguir leyendo este texto, le recomendamos que lo vea.

Vaya por delante nuestro agradecimiento a Jordi Évole y al equipo de SALVADOS por dedicarle un programa completo a la que es, seguramente, la mayor estafa perpetrada en nuestro país.

El programa está bien estructurado y, como suele ser habitual en SALVADOS, nos brinda testimonios muy interesantes de personas directamente relacionadas con el tema. En esta ocasión, hemos podido escuchar a algunas de las que desde distintos puestos, participaron  en la creación, la supervisión, la comercialización o el mantenimiento de las participaciones preferentes en el mercado desde 1999 hasta hoy. Sus testimonios son muy reveladores, tanto por lo que dicen como (sobre todo) por lo que callan.

Pero, hay una pregunta que estamos obligados a hacernos:

este programa, ¿DESMONTA LAS PREFERENTES?

A lo largo del programa se plantean casi todos los elementos que hicieron que la maquinaria de las preferentes funcionara como una seda prácticamente hasta el final, pero los datos y las explicaciones que se dan no siempre se ajustan a la verdad. Si, además, se omiten algunos hechos que están en el mismo origen de este auténtico crimen, resulta muy difícil terminar de entender cómo ha sido posible que esto sucediera.

Si no se explican todos los hechos y circunstancias que hicieron posible esta estafa, tampoco será posible desarmar los argumentos (la desinformación) con los que las entidades financieras, algunos medios de comunicación, el Gobierno, los organismos responsables de la supervisión bancaria e incluso la fiscalía y algunos jueces han intentado confundir, culpabilizar, desacreditar, silenciar y, en definitiva, frenar y desmovilizar a las víctimas o, al menos, privarlas de apoyo social.

En DESMONTANDO LAS PREFERENTES parece en algunos momentos que se suscribe el que ha sido el principal argumento con el que las cajas y bancos, la CNMV y el gobierno han intentado presentar esta estafa como un hecho debido a unas circunstancias terribles y poco menos que inevitables:

La comercialización y el mercado de las participaciones preferentes funcionaba bien hasta que llegó la crisis. En 2009, las entidades financieras, no cumplían con las exigencias de recursos propios y se lanzaron a colocar participaciones preferentes a sus clientes minoristas para capitalizarse.


En este diálogo entre Jordi Évole y Eduardo Segovia (periodista de "El Confidencial") queda patente lo que acabamos de señalar:

Jordi Évole: Por tanto, en este país había unos preferentistas (sic) que tenían sus participaciones preferentes que les daban un interés bastante 'interesante' y que, además, cuando se las querían quitar de encima, encontraban compradores de una manera rápida. El sistema era perfecto.

Eduardo Segovia: Todo iba bien.

J: En esta primera época de finales de los 90 y principios de los años 2.000, ¿también se vendieron preferentes a pequeños ahorradores?

E: Eran emisiones muy pequeñas y los minoristas que habían eran cuatro. O sea, no era un problema relevante. El problema es después. Cuando se colocan en masa a los minoristas.

J: ¿Y cuándo se empieza a torcer la cosa?

E: La cosa se tuerce cuando hay que emitir preferentes a lo bestia que es a raíz de la quiebra de Lehman Brothers.

Todo esto queda reforzado cuando, poco después, Xavier Capallera (exdirector de una oficina de Caja Madrid) afirma: Si Caja Madrid hoy fuera solvente, ningún cliente tendría problemas con este producto.



Pues bien. Ni se empiezan a emitir preferentes "a lo bestia" por la quiebra de Lehman Brothers, ni es sólo entonces cuando se colocan en masa a los clientes minoristas, ni los "problemas con este producto" tienen relación con la solvencia de las cajas.

¿CUANDO SE EMPEZARON A COLOCAR LAS PREFERENTES A LOS MINORISTAS?
¿ERAN FÁCILES DE VENDER AL PRINCIPIO?

Las participaciones preferentes no sólo se colocaron desde el primer momento a los clientes minoristas, es que fueron pensadas para colocárselas a los clientes minoristas. La prueba de esto que afirmamos la podemos encontrar en el Informe de ESTABILIDAD FINANCIERA nº 3 de 2002 del Banco de España  que en la página 41 dedica un destacado (Recuadro III.2) a las participaciones preferentes señalando entre otras cosas:
"El año pasado, el Banco de España expresaba su preocupación por el peso creciente de las participaciones preferentes en los recursos propios básicos de algunas entidades, así como por la forma en la que, en determinados casos, se comercializan entre la clientela minorista tradicional."

"... dado que algunas participaciones preferentes no se han dirigido al mercado institucional, sino que se han comercializado entre la clientela minorista (con menor capacidad de valoración del riesgo asociado al instrumento), que su liquidez en el mercado secundario (4) es muy escasa, y puesto que ofrecen una rentabilidad poco acorde con el riesgo asumido, las entidades podrían estar incurriendo en riesgo de reputación. En concreto, si a la rentabilidad ofrecida se le resta la prima de riesgo derivada del bajo derecho de prelación de las participaciones preferentes, la prima a percibir por su iliquidez y el precio de la opción de compra otorgada al emisor (aspectos mal conocidos por el pequeño inversor), es dudoso que, en algunas de estas emisiones, la rentabilidad residual supere a la de una imposición a plazo fijo."

"(4) En la Comisión Nacional del Mercado de Valores se han recibido reclamaciones por la escasísima liquidez de las participaciones preferentes que cotizan en el mercado AIAF."

Es decir, en 2.001 el Banco de España ya estaba preocupado porque las participaciones preferentes se estaban utilizando para incrementar los recursos propios de las entidades financieras y, además, colocándoselas a la clientela minorista. Si en 2.002 tiene que volver sobre el asunto no debía ser un problema tan poco "relevante" como afirma Eduardo Segovia.

LA COTIZACIÓN DE LAS PREFERENTES,
¿DEPENDÍA DE LA SOLVENCIA DE LA ENTIDAD?

Respecto de la relación de la cotización de las preferentes con la solvencia de la entidad que las emite y/o garantiza, el ejemplo de CajaSur es suficientemente ilustrativo.

Como sabrán, CajaSur quebró y fue comprada en pública subasta por BBK en 2010. Un hecho como este debería haber tenido consecuencias dramáticas en la cotización de las participaciones preferentes emitidas por esta entidad. Esta gráfica muestra la evolución de las cotizaciones de dicho producto desde enero de 2.009 hasta abril de 2.013.

Fuente: BMERF


El ejemplo opuesto lo encontraríamos en el caso de las participaciones preferentes emitidas por la Caixa. La Caixa es la caja más importante de España desde hace décadas y no ha tenido (que se sepa) problemas de solvencia. Esta otra gráfica muestra la evolución de las cotizaciones de la participaciones serie B de la Caixa desde su emisión, año 2.000, hasta mediados de 2.012.

Fuente: BMERF


No parece que haya influido mucho, ni para bien ni para mal, la solvencia de las cajas en la cotización de las preferentes. Una caja quiebra y sus participaciones preferentes mantienen su cotización en torno al 100% y otra no sólo no quiebra sino que se convierte en el mayor banco del país y, sin embargo, sus participaciones preferentes pasan de cotizarse al 100% durante más de una década a caer en picado hasta poco más del 30%.

¿CUÁNDO SE EMITIERON "A LO BESTIA"?

Los datos siguientes están extraídos del Informe sobre la revisión de la operativa de case de operaciones entre clientes de instrumentos híbridos que elaboró la CNMV en septiembre de 2.011 a partir del análisis de los mecanismos de case de operaciones en el mercado secundario teniendo en cuenta la información remitida por las entidades financieras y los datos de mercado de las operaciones realizadas en el segundo trimestre de 2.011.

Total emisiones dirigidas a minoristas

AÑO DE EMISIÓNSaldo vivoNº de emisiones
19991.850.000.000 €4
20002.860.000.000 €6
20013.800.000.000 €8
20023.064.587.000 €7
20032.821.244.000 €6
20042.407.501.000 €12
2005265.000.000 €3
200692.000.000 €2
2007

20081.000.000.000 €1
200911.352.927.000 €23
2010

2011200.000.000 €1
Total general29.713.259.000 €73



Total emitido hasta 2.00416.803.332.000,00 €43
Total emitido entre 2.005 y 2.01112.909.927.000,00 €30


Según estos datos, hasta 2.004 se habían realizado ya el 59 % de las emisiones y se había colocado a los minoristas el 57% del total colocado hasta 2.011. Además, para contestar correctamente a esta pregunta, hay que considerar:
  1. Que los intereses de estas primeras emisiones no eran "muy interesantes". Se situaban ligeramente por encima de la media de los depósitos a plazo y, como indica el informe del Banco de España que hemos citado antes, teniendo en cuenta el riesgo de las preferentes "es dudoso que, en algunas de estas emisiones, la rentabilidad residual supere a la de una imposición a plazo fijo."
  2. Las emisiones de participaciones preferentes anteriores a 2.003, las llevaron a cabo filiales creadas por las entidades financieras en paraísos fiscales como las Islas Caimán.
Los folletos de las emisiones de preferentes realizadas desde las Islas Caimán incluían párrafos como los siguientes que hemos copiado del correspondiente a las participaciones preferentes serie A de Caixa Catalunya:

El Emisor. CAIXA CATALUNYA PREFERENTIAL ISSUANCE LTD es una filial al 100% de Caixa Catalunya, constituida el 21 de junio de 1999, de acuerdo con las leyes de las Islas Caimán. Su actividad principal es la de servir de vehículo de financiación para el Grupo Caixa Catalunya mediante la emisión en los mercados de capitales de valores similares a los que se describen en este Folleto.

Al estar emitidas por una sociedad de las Islas Caimán, las relaciones jurídicas entre los titulares de las Participaciones Preferentes Serie A y CAIXA CATALUNYA PREFERENTIAL ISSUANCE LTD se rigen por el derecho de las Islas Caimán.


Y, en el caso de las cajas, en estos mismos folletos puede leerse:
Las Cajas de Ahorro son entidades no lucrativas y de carácter social, circunstancia que se instrumenta fundamentalmente a través de la realización de la Obra Benéfico-Social.

El término "emitir a lo bestia" no es muy técnico que digamos, pero si a alguna operación financiera se le puede aplicar con todo rigor es a ésta en la que entidades no lucrativas y de carácter social cuya principal misión es el desarrollo de una Obra Benéfico-Social se van a operar desde paraísos fiscales en los que se blanquea el dinero procedente del tráfico ilegal de personas, de armas, de drogas, etc. amparándose en la misma legislación que hace posible el negocio de las mafias, de los grupos terroristas, etc.

Actuaron como auténticos "banksters".

La emisión de preferentes desde paraísos fiscales dio lugar a que la fiscalía anticorrupción y la inspección de hacienda abrieran sendas investigaciones que ¡cómo no! fueron eficazmente desactivadas:

Anticorrupción archiva el caso de las emisiones en paraísos fiscales aunque las cree irregulares


El Congreso 'amnistía' las emisiones de bancos y cajas en paraísos fiscales

En el documento “LA SITUACIÓN DE LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL: DIAGNOSTICO Y ALGUNAS PROPUESTAS DE MEJORA” de la Organización Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) se dice a este respecto (pág. 25):
d) Participaciones preferentes.

Recientemente la Dis. Adic. Segunda y Tercera de la Ley 19/2003, de 4 de julio, ha regulado, con carácter retroactivo, el régimen financiero-fiscal de las participaciones preferentes; impidiendo que las actuaciones de inspección en marcha pudieran desarrollarse y, en su caso, regularizar los posibles abusos que estuvieran produciéndose en las emisiones realizadas hasta la fecha en paraísos fiscales, al señalar que el régimen fiscal diseñado será aplicable a los ejercicios iniciados y a las emisiones de participaciones preferentes y de deuda realizadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 19/2003. ( la propia fiscalía anticorrupción ha denunciado esta práctica).

En resumen, el nuevo régimen financiero-fiscal de las participaciones preferentes es el siguiente, que coincide con la interpretación que convenía a las entidades financieras afectadas.

  • La remuneración pagada por la entidad depositaria tendrá la consideración de gasto deducible para la entidad emisora.
  • Las rentas derivadas de las participaciones preferentes se califican como rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 23 de la Ley 40/1998.
  • Los rendimientos generados por el depósito no están sometidos a retención alguna, siendo de aplicación, en su caso, la exención establecida en el párrafo e) del apartado 1 del artículo 13 de la Ley 41/1998.
  • Las rentas derivadas de las participaciones preferentes obtenidas por sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente estarán exentas de dicho impuesto en los mismos términos establecidos para los rendimientos derivados de la deuda pública en el artículo 13 de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias.

A este hecho se refiere el siguiente diálogo entre Jordi ÉvoleManuel Conthe, expresidente de la CNMV (2004-2007):

Jordi Évole: Cuando usted habla del legislador que creó esa norma en el año 2003, ¿de quién está hablando?

Manuel Conthe: Usted es periodista y lo debe saber.

J: ¿No sería el señor Rodrigo Rato el que estaba en aquel momento al frente del Ministerio?

M: Sí, por aquel entonces era Vicepresidente económico, efectivamente.

Y, más adelante, añade:

M: El actual presidente del gobierno dijo "a nosotros lo de las preferentes no nos habría pasado" y escribí yo: bueno, pues resulta que usted por entonces era ministro del gobierno que promovió esa norma con rango de ley ¿no?, osea, que no sea tan chulito y tenga en cuenta que parte del malentendido (sic) se remonta, como poco, al año 2003.



La reducción drástica del número de emisiones y del capital colocado entre 2.005 y 2.008, hasta el punto de que en 2.007 no se realiza ninguna emisión dirigida a minoristas, se explica por la incertidumbre creada por la traslación de la directiva europea ('MIFID') a la legislación española (Ley 47/2007) y la necesidad de adaptar los procedimientos de colocación por parte de las entidades financieras (test MIFID) y no por una acción decidida de la CNMV, como apunta Manuel Conthe, expresidente de la CNMV (2004-2007).

Efectivamente, en 2.004 se aprueba la Directiva europea 2004/39/CE ('MIFID') y en 2007 se aprueba la Ley 47/2007, de 19 de diciembre, que traspone dicha directiva a la legislación española. Esta ley actualiza la clasificación de los productos financieros (complejos y no complejos), define las distintas clases de clientes (institucionales, contrapartes elegibles y minoristas), las obligaciones de información y los procedimientos a seguir en la comercialización de productos complejos a clientes minoristas. Uno de los objetivos de la directiva y, por tanto, de la ley española, es aumentar la protección de los clientes minoristas ante las entidades financieras.

Una vez clarificado el panorama, se produce una segunda oleada de emisiones de participaciones preferentes dirigidas a minoristas y colocadas masivamente en poco espacio de tiempo: en 2.009 se emiten 11.352.927.000 € en participaciones preferentes repartidas en 23 emisiones. Algo menos de lo que se emitió y colocó ente 1.999 y 2.002 (11.574.587.000,00 € en 25 emisiones). 

Es decir, se repite la historia. A partir de 1.999 se fueron incorporando de manera progresiva la distintas entidades financieras a la emisión de participaciones preferentes y en 2009, con la experiencia, la impunidad y los buenos resultados anteriores, vuelven a emitir casi todas a la vez.

¡Qué paradoja! Se aumenta la protección de los minoristas ante las malas prácticas de las entidades financieras y se produce una nueva colocación masiva más rápida y eficiente que la anterior.


¿CÓMO ES POSIBLE SI AHORA HAY MÁS GARANTÍAS?

Es posible básicamente por dos motivos:
  1. Se sigue aceptando la emisión de productos muy complejos y de alto riesgo dirigidos a minoristas. Es lo más parecido a que el ministerio de sanidad de el visto bueno a la comercialización de bebidas alcohólicas para consumo infantil. 
  2. El test MIFID, en realidad a quien protege es a la entidad no al cliente. Cuando no se falseaba el test, se pasaba a la firma una hoja en la que se decía que habiendo sido informado el cliente de que el producto no era conveniente para él, el cliente persistía en su empeño de querer suscribirlo.

Pero, de nuevo, se produce una reducción casi total (en 2.010 no hay ninguna y en 2.011 sólo una). ¿A qué se debe? ¿Es que el Gobierno ha dicho basta y ha instado a los organismos reguladores (Banco de España y CNMV) a que acaben con este abuso? ¿Es que, los consejos de administración de las entidades financieras, después de estar más de una década desoyendo las "recomendaciones" de esos organismos reguladores, han visto la luz y han convenido en que ya está bien, que tampoco hay que abusar? ¿O es que hay algún otro hecho que pueda explicar esto y que aún no se ha mencionado?

SI ERA TODO TAN LEGAL COMO AFIRMAN UNOS Y OTROS
¿POR QUÉ DEJAN DE EMITIRSE?

La explicación está en los requisitos establecidos por el Comité de Basilea que está formado por representantes de las autoridades de supervisión bancaria de los países del G-10 más España y Luxemburgo. Este comité, entre otras cosas, establece los requisitos de solvencia de las entidades financieras y los criterios que determinan las "buenas prácticas de regulación bancaria" y quedan reflejados en los llamados Acuerdos de Basilea.

Ha habido tres acuerdos, conocidos como Basilea I (1.988), Basilea II (2.004) y Basilea III (2.010). Ahora comparen las fechas de Basilea II y III con las que marcan la evolución de la comercialización de las preferentes en nuestro país. La relación resulta evidente, ¿no?

Resulta aún más evidente y significativa si tenemos en cuenta que aplicando los criterios definidos en el acuerdo de Basilea III (2.010) las participaciones preferentes dejaban de contar como capital propio de primera calidad Common Equity TIER 1 de las entidades financieras a partir de enero de 2.013 por lo que dejaban de serles útiles para cumplir los criterios de solvencia.

Las entidades financieras habían emitido las participaciones preferentes para capitalizarse a costa de los ahorros de sus clientes pero ahora se encontraban con que ese capital ya no servía y que, antes de enero de 2.013, tenían que reconvertir las participaciones preferentes en otro producto que siguiera contabilizando como capital propio de primera calidad: acciones, deuda subordinada o bonos convertibles.

En el momento en que uno de los tahúres destapa el farol e impone el canje a sus clientes, el resto de los bankers queda al descubierto, hacen lo propio y el escándalo se hace público.



Las entidades financieras se apresuraron a informar a sus clientes de que las participaciones preferentes habían dejado de pronto de valer el dinero por el que las habían comprado y que, o las canjeaban o sólo podrían recuperar su dinero si asumían unas pérdidas que iban desde más de un 60% hasta un 30 ó 40% y que, por supuesto, lo que no harían en ningún caso es amortizar las emisiones y devolver todo el dinero.

Sin embargo, farol sobre farol, se remiten a un mercado que no ha existido. En el Informe sobre la revisión de la operativa de case de operaciones entre clientes de instrumentos híbridos se explica cómo en la mayoría de las cajas y bancos, el mercado se reducía a la propia oficina en la que el director u otro empleado realizaba las operaciones de compra-venta entre clientes de manera discrecional, seleccionando a su criterio a quién colocaba las participaciones preferentes aunque, eso sí, siempre al 100% de su valor no fuera a levantar la liebre y descubrir el pastel, porque si se comparaban con los precios que tenían productos similares en los mercados de verdad, su precio se iba alejando cada vez más del 100%.

El Real Decreto 1333/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de abuso de mercado dice en su artículo 2, párrafo 1:
Se considerarán prácticas que falsean la libre formación de los precios, es decir, que constituyen manipulación de mercado, a los efectos del artículo 83 ter de la Ley 24/1988, de 28 de julio, entre otros, los siguientes comportamientos:

a) La actuación de una persona o de varias concertadamente para asegurarse una posición dominante sobre la oferta o demanda de un valor o instrumento financiero con el resultado de la fijación, de forma directa o indirecta, de precios de compra o de venta o de otras condiciones no equitativas de negociación.

Estas palabras de Xavier Capallera (exdirector de una oficina de Caja Madrid) y el testimonio de Dolores Dacal (estafada con las preferentes) dejan claro hasta qué punto, los empleados de las cajas y bancos se creían con todo el derecho de utilizar la información privilegiada que tenían sobre las cuentas de sus clientes para decidir colocarles las preferentes:

Xavier Capallera: Yo te citaba a ti y si tenías un ahorro que yo consideraba que no ibas a necesitar te explicaba el producto.

Dolores Dacal: El proceso fue una llamada de teléfono a mi marido, le dijo que había estado mirando nuestras cuentas y que había allí una cuenta corriente que veía que tenía bastante dinero y que no nos estaba rentabilizando nada.

Por supuesto, no carecían de alicientes para la dedicación tan plena que mostraron en la tarea de colocarle las preferentes a quien se pusiera a tiro. Y la CNMV, como siempre, pone los paños calientes cuando todo el mal ya está hecho.

Conforme se llevaban a cabo los canjes, las entidades financieras amortizaban parcialmente las emisiones y se quedaban el 100% del capital nominal de las participaciones canjeadas, que normalmente estaba en un depósito subordinado, contabilizándolo ahora como acciones, obligaciones, etc. que, en la mayor parte de los casos, también tenían si se vendían en el momento del canje unas pérdidas de, al menos, el 20% del valor nominal o del 75% como sucedió con Bankia.

Con canje o sin canje, los clientes a los que habían estafado tenían que asumir unas pérdidas ficticias y seguir manteniendo sus ahorros atrapados en productos con un riesgo similar al de las participaciones preferentes.

La emisión de participaciones preferentes ya no tiene interés para las entidades financieras y, desde luego no van a poder colocárselas masivamente a sus clientes minoristas.

La estafa de las preferentes no es consecuencia de la crisis. Es justo al contrario, productos financieros muy complejos y de alto riesgo como las participaciones preferentes son los que han creado esta crisis.

En el caso de España, la combinación de la especulación financiera con la inmobiliaria, en la que han participado los bancos y las cajas de ahorros invirtiendo la sobrecapitalización obtenida con la colocación a minoristas de instrumentos híbridos (participaciones preferentes, deuda subordinada, swaps, ...) y la consecuente colocación masiva de hipotecas siguiendo una estrategia similar a la de las preferentes, ha llevado a nuestro país a la ruina, ha dejado sin sus ahorros a cientos de miles de familias, ha provocado (y sigue provocando) el desahucio de otras tantas, ha llevado al paro a millones de trabajadores y está siendo aprovechada para recortar derechos y aumentar la represión de los ciudadanos para impedir las protestas.

Si no se contempla la estafa de las preferentes en el contexto en que se produjo no se puede llegar a entender qué es lo que ha sucedido, quiénes son los responsables y, sobre todo, qué es lo que se debe hacer ante esto.

Seguramente, Julio Segura, expresidente de la CNMV (2007-2012) tiene razón cuando dice que la comercialización de las preferentes a pequeños ahorradores en 2009 no la podía parar nadie, pero no en el sentido en el que él lo dice.

Lo argumenta como excusa, como una manera de exculparse en la misma línea en la que lo han hecho antes en el programa Xavier Capallera, Antoni Serra Ramoneda o Manuel Conthe, este último colega suyo, que no duda en pasarle la responsabilidad, abandonando su discurso de los primeros momentos del escándalo, cuando aún se alineaba con Julio Segura en la defensa a ultranza de la CNMV y afirmaba en noviembre de 2012 cosas como que los inversores en participaciones preferentes son víctimas de "un factor de mala suerte" que "nadie preveía" y que "se tienen que tragar".

Francisco de Goya. Trágala perro.


La CNMV seguramente no podía parar la colocación de preferentes a los clientes minoristas, (como tampoco se podía parar la especulación inmobiliaria basada en la colocación masiva de préstamos hipotecarios con tasaciones sobrevaloradas a personas que no tenían la garantía de poder hacer frente al pago de esa deuda), porque este organismo forma parte del entramado jurídico-regulatorio de este país que privilegia a las entidades financieras frente a los ciudadanos.

Puestos en la misma balanza la libertad de emisión de un banco y los derechos de los ciudadanos, la balanza se inclina sin dudar a favor de la entidad financiera.

En nuestro país se ha producido de modo generalizado lo que William K. Black llama un “fraude derivado del control”, es decir, que quien controla una empresa, un banco o una institución la utiliza para defraudar.

En nuestro caso, el fraude ha sido posible porque las cajas y bancos han sacado provecho de tener:
  • El control de la información sobre el estado de las cuentas de los clientes
  • El control de la información que se daba (o, mejor, la que no se daba) a los clientes sobre las preferentes en el momento de la colocación.
  • El control de la información sobre cuál era la cotización real de las preferentes en el mercado.
  • El control de las operaciones de compra y venta que permite la manipulación del precio en el mercado secundario.
A todo esto hay que añadir un control de los organismos del estado casi inexistente, y un marco normativo pensado para dar cobertura legal a estas prácticas.



Cuando, al plantearle Jordi Évole que en el caso de las participaciones emitidas por el grupo de Ruiz Mateos, la CNMV había avisado hasta cuatro veces en la prensa de sus posibles riesgos, Julio Segura responde:

"Pero ¿cómo puede usted comparar un producto que emite el banco equis con un producto que emite un grupo que no existe en el registro mercantil y que, además, no se sabe qué garantías tiene? "

Efectivamente, no es comparable. Cuando la estafa la realiza una caja de ahorros o un banco es infinitamente más grave que cuando la realiza un estafador de tres al cuarto.

Las cajas y bancos parten de que existe una relación de confianza con el cliente que le deja en depósito su dinero, percibe a través de ellos la nómina o la pensión, etc. y están obligados por la ley a actuar siempre en beneficio del cliente cuidando de que en caso de haber un conflicto de interés entre la entidad y el cliente su actuación sea siempre atendiendo al interés del cliente.

Las participaciones preferentes son un fraude continuado desde sus comienzos en 1.999, en el que, cuando no había cobertura legal, el estado se la procuró.


El gobierno no está cumpliendo con el mandato constitucional:
Artículo 39
1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.

Artículo 51
1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

Estamos ante un delito continuado que afecta a cientos de miles de ciudadanos. No es una combinación de actos aislados o inconexos llevados a cabo por particulares. Se trata de una estafa diseñada y perpetrada por las cúpulas directivas de las entidades financieras siguiendo un plan y aplicando unos modos de actuación prácticamente idénticos en todos los casos.


BASTA DE IMPUNIDAD

EXIGIMOS JUSTICIA Y REPARACIÓN DEL DAÑO CAUSADO

EXIGIMOS QUE LA FISCALÍA INVESTIGUE ESTA ESTAFA

EXIGIMOS QUE LA JUSTICIA PROCESE A LOS RESPONSABLES



O el sistema legal cumple su tarea, o no se logrará la restauración del sistema de mercado. Tiene que procederse a un saneamiento total, transparente, efectivo y radical del sistema financiero, y también a la depuración de los funcionarios públicos que traicionaron la confianza pública. Los financieros deben sentir, hasta las entrañas, el poder de la ley. Y la población, que vive con la ley, debe ver clara e inequívocamente que es así.

James K. Galbraith